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23 enero 2012 1 23 /01 /enero /2012 00:00

Bien, continuando desde los postulados del artículo anterior (primero de esta serie), y asumiendo todos ellos, habría que terminar de ligar el Trabajo a un Derecho de la ciudadanía, un Derecho reflejado en la Constitución Española de 1978, pero no garantizado todavía en la actualidad, 33 años después de la promulgación de la misma. Un derecho básico, situado al mismo nivel del resto de los derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, el derecho a la educación, el derecho a la igualdad, el derecho a la salud, o el derecho a la vivienda. Necesitamos un trabajo no ya sólo para poder vivir por medio de su remuneración, sino también para poder realizarnos en nuestra sociedad a través de él.

 

Hace muchos años de la promulgación del primer Estatuto de los Trabajadores, resultado de la creación y del trabajo y esfuerzo de muchas Organizaciones Sindicales que habían dedicado su vida a poder regular un marco laboral digno para la clase trabajadora. Y asímismo, en el contexto de Organizaciones Internacionales ligadas a la ONU, tenemos la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que se dedica a velar por la aplicación de las normas laborales en todo el mundo, y a realizar estadísticas y estudios sociales en el ámbito laboral. Igualmente, el Derecho Laboral es una disciplina reconocida dentro del ámbito legal, que ejercen muchos abogados laboralistas, y es también objeto de estudio en los planes universitarios ligados a varias disciplinas y especialidades enmarcadas en las ciencias sociales.

 

smi.jpgPues bien, con todo este panorama creado y enmarcado, la ideología neoliberal que se nos viene imponiendo poco a poco desde hace varias décadas, expresión de la cual es el capitalismo brutal que tenemos implantado en la actualidad, desbanca todos estos aspectos del mundo del Trabajo, y lo considera simplemente una MERCANCÍA. En efecto, la idea que defienden los políticos y los economistas neoliberales es que el trabajo es una mercancía más que se compra y se vende, en un mercado como otro cualquiera. De entrada, nos parece una desvirtuación del carácter, de la naturaleza del trabajo humano de límites tales, que rompe con todas las premisas que habíamos supuesto desde la base. Según su tesis y sus puntos de vista, los trabajadores ofertan sus horas disponibles de trabajo en función del salario que esperan obtener (de ahí que la pregunta sobre el salario que pretenden cobrar los candidatos se haya instaurado desde hace tiempo en las entrevistas de trabajo). Por su parte, las empresas demandan trabajo comparando el salario que tienen que pagar por él, con la productividad que pueden obtener al utilizarlo. Así de simple. Así de triste. Así de cierto.

 

Insistiremos en esta idea en sucesivos artículos, pero para comenzar a dar ejemplos de las actuales "indignidades" del trabajo humano en nuestro país, baste con recordar que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, el sueldo más bajo reconocido para todas las profesiones, por debajo del cual (se supone) no te puede contratar ninguna empresa, se acaba de congelar por el actual Gobierno del Partido Popular, lo cual supone, como se declaraba desde el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, "casi una declaración de guerra económica". Este SMI se sitúa actualmente en la cantidad de 641,4 euros, así que ya me diréis, queridos lectores, si es posible con dichos ingresos mensuales mantener una familia, o hacer frente a los típicos gastos que hay que afrontar. Nos encontramos por tanto ante una aberración en la base misma del sistema, que permite que efectivamente se puedan pagar estos sueldos a cualquier profesional, echando por tierra no ya sólo la valía profesional del trabajador, sino la función misma del trabajo.

 

Como ya iremos desarrollando en sucesivos artículos de esta serie, el tema salarial es tremendamente importante, y durante los últimos tiempos, la caída del poder adquisitivo de la clase trabajadora es alarmante. En tiempos de crisis, donde se sigue permitiendo que los Bancos y las grandes empresas multinacionales declaren beneficios de miles de millones de euros, al trabajador se le congela el sueldo mínimo interprofesional en vez de llevar a cabo una política de, al menos, moderada adecuación o actualización, esto es, subida, de su salario. El SMI ha perdido en concreto 5,5 puntos de poder adquisitivo en los últimos años, y en el caso de España, lo tenemos situado por debajo de la media de toda la Zona Euro, solo Portugal lo tiene más bajo que nosotros.

 

carta_social_europea.jpgSegún la Carta Social Europea, que tan poco se respeta por todos los gobiernos comunitarios, se establece que el SMI debe estar en torno al 60% del salario medio en cada Estado. Por tanto, si en España se cumpliera este compromiso, el Salario Mínimo Interprofesional debería situarse en 1.026 euros. Luego ya estamos viendo cómo de entrada se respeta muy poco el trabajo humano, así como se valoran al alza los rendimientos del trabajo sobre los del capital de cara a la Declaración de la Renta de las Personas Físicas, en vez de considerarlo al contrario, es decir, gravar mucho más a las rentas procedentes del capital, es decir, del dinero que se posea, independientemente de dónde, cómo y cuánto se trabaje. Continuaremos en próximos artículos.

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