Blog de Rafael Silva. Presenta artículos de opinión basados en la actualidad política, cultural y social.
Hemos comentado en el artículo anterior lo relativo a los Derechos de Ciudadanía Social, garantizados por el Estado Federal, y extendidos por los territorios federados. Esto evidentemente ha de entenderse dentro del contexto de un Gobierno Federal (compartido), enmarcado en un Proyecto Federal (común). Es decir, el modelo federalista garantiza el desarrollo de un proyecto común para todos sus pueblos federados, que de manera voluntaria, como ya hemos comentado, se unen para compartir sus destinos, respetando los principios de solidaridad descritos. Consideramos que no existe por tanto una contradicción esencial entre diversidad y solidaridad. El Modelo Federal por el que apostamos tiene que basarse en una noción no excluyente de solidaridad, que tome como punto de referencia la noción de ciudadanía, y particularmente, el concepto ampliado o extendido de Ciudadanía Social.
Pues bien, entre las funciones de este Proyecto Federal compartido y común podríamos citar las siguientes:
1.- Produndizar en el carácter Social, Participativo, Democrático y de Derecho del Estado Federal.
2.- Fomentar la eliminación de las desigualdades sociales y de los desequilibrios territoriales, especialmente aplicando políticas redistributivas entre los territorios federados.
3.- Garantizar los derechos individuales y colectivos de los ciudadanos, con independencia del territorio al que pertenezcan, o de su lugar de residencia, potenciando y desarrollando el concepto de Ciudadanía Social.
4.- Establecer las bases de las políticas sectoriales que afecten a toda la Federación (Sanidad, Educación, Vivienda, Medio Ambiente, Agua, etc.).
Para que pueda desarrollar sus funciones correctamente, el Estado Federal ha de disponer de suficientes instrumentos económicos, fiscales y financieros, que le permitan desarrollar políticas redistributivas y niveladoras, establecer mecanismos de planificación, y disponer de un sector público potente, no subsidiario del sector privado. A estos efectos, en la Constitución Federal que proponemos se fijarán nítidamente las competencias exclusivas y compartidas del Estado. Las competencias asumidas por los entes federados y los Ayuntamientos no tendrán más límites que los dispuestos en la Constitución, que reflejará la forma de autogobierno de aquéllos. Todos los territorios podrán acceder al mismo grado de autogobierno por propia decisión, garantizándose la igualdad de derechos para todos los entes federados.
De esta forma, nuestra propuesta de Gobierno Federal compartido implica la adopción de mecanismos de cooperación y coordinación entre los diferentes niveles de gobierno (Federal, Entes Federados (pueblos, territorios) y Municipios) para la conformación de una voluntad federal común. Y aquí juega un papel primordial, en nuestro modelo, el Senado Federal, como cámara de representación territorial y lugar de participación de los entes federados en la toma de decisiones de los temas que les afectan. Veamos con más detenimiento el papel que debe jugar esta cámara.
El Senado, como cámara colegisladora de representación territorial y de participación de los pueblos federados en la formación y expresión de la voluntad de la Federación, tiene que convertirse en un órgano esencial del funcionamiento del Estado Federal. Tiene que ser el foro natural en el que se discutan y acuerden las decisiones que afecten a todos los territorios federados, constituyendo la expresión institucional de la intersección entre solidaridad, diversidad y participación democrática dentro de un modelo de coexistencia simétrico entre los distintos territorios. Sus competencias, por tanto, deben ser muy amplias, pues deben cubrir todas aquéllas materias que afecten a la esfera decisoria de los entes federados, y a la estructura político-territorial del Estado, en la elaboración de Leyes derivadas de competencias concurrentes, en materia de financiación territorial y en los criterios para distribuir los fondos de solidaridad.
Hacemos notar, no obstante, que esta forma de entender el Senado ha tenido siempre (y continúa teniendo) la oposición tajante de los grupos políticos nacionalistas (catalanes y vascos, fundamentalmente), que prefieren desarrollar instrumentos bilaterales de relación con el poder central, argumentando sus peculiaridades específicas. Evidentemente, esta posición nacionalista choca abiertamente con la función del Senado y en general con el Modelo Federal que nosotros proponemos desde la izquierda, basado en los valores y principios en los que ya hemos insistido. En el próximo artículo de esta serie abordaremos lo relativo al Republicanismo, y su concepción y plasmación dentro del Estado Federal.