Blog de Rafael Silva. Presenta artículos de opinión basados en la actualidad política, cultural y social.
Ayer, como hoy, la República se presenta como una propuesta política, único régimen político plenamente democrático capaz de conseguir un Estado en el que la ciudadanía y los pueblos podamos ser capaces de convivir en igualdad y solidaridad
Finalizaremos en esta entrega los aspectos laicistas donde hemos querido insistir para que se tengan en cuenta en el futuro Proceso Constituyente al que aspiramos. En la última entrega expusimos a fondo, para que no hubiera dudas al respecto, los posibles conflictos entre los diferentes ámbitos (el espacio privado y los espacios públicos formal e informal) donde el laicismo se pudiera expresar, y también citamos las diferencias con la secularización. Pero aclaremos, tal como también recoge el Profesor Andrés Carmona en su artículo de referencia, que la secularización no es un objetivo laicista, ya que al laicismo sólo le preocupa la manifestación del Estado y sus instituciones. Creo por tanto que en el artículo anterior ya dejamos claras algunas cuestiones polémicas, como por ejemplo, si las calles son públicas, ¿puede haber procesiones? Sí, porque las calles pertenecen al espacio público informal. ¿Debe haber crucifijos en un Ayuntamiento o en un Ministerio? No, porque pertenecen al ámbito público formal. Al igual que una escuela pública, que también representa al Estado (concretamente al modelo educativo por el que el Estado apuesta para sus ciudadanos), y también se sitúa en el ámbito público formal, y por tanto no cabe manifestación religiosa alguna. En un Estado laico no sólo se permiten las procesiones, sino que se protege y se garantiza el derecho a realizarlas. Obviamente, sometidas a la regulación propia en las mismas condiciones que cualquier otro uso de algo público por parte de la sociedad civil, al igual que si se tratara de una manifestación ciudadana por cualquier otro motivo, sea ésta o no de carácter religioso.
No obstante, y siguiendo con el ejemplo de la escuela pública, hay otras situaciones que sí pueden someterse a debate, porque los límites no están tan claros. De hecho, existen autores que apuestan por unas conclusiones y otros por otras. Por ejemplo: ¿Debería poder llevar un profesor o profesora algún signo religioso al aula? En principio y según lo expuesto no debería, por el principio de neutralidad de un funcionario público que pertenece al ámbito público formal, al igual que un diputado, un juez o un policía. Pero, ¿y el alumnado? Esto es más difícil, porque del alumnado no puede esperarse la misma neutralidad. Podríamos entonces concluir que el profesorado (y el propio edificio, y el currículo escolar, etc.) es espacio público formal, pero el alumnado es espacio público informal. De esta forma, sería inaceptable que una profesora por ejemplo llevara velo en clase, pero sí se debería permitir para una alumna. No obstante, como decimos, el asunto es debatible, y en este sentido el Profesor Carmona Campo da referencias de algunos autores a favor y en contra de esta posición. En cualquier caso, el objetivo del laicismo es impedir que las religiones lleguen a las instituciones públicas (es decir, al ámbito público formal), que los cargos públicos participen en actos religiosos, que existan asignaturas de religión en los centros públicos de enseñanza, o que existan convenios de colaboración entre cualquier Iglesia y el Estado. Bien, entendemos que este asunto ha quedado bastante claro, y es la postura que debemos defender en cuanto a la dimensión laica del Estado bajo el Proceso Constituyente que queremos poner en marcha, y como resultado, su reflejo en la nueva Constitución resultante del mismo.
Hablemos también de la participación popular en dicho Proceso Constituyente, que es también asunto de suma importancia. Evidentemente, si queremos una Constitución popular, que recoja las aspiraciones del pueblo, no podemos seleccionar a una élite política (como se hizo para la Constitución de 1978, redactada por los siete magníficos) que se encargue de dicha tarea. Pero es más: el Proceso Constituyente debe asegurarse de que todos los colectivos ciudadanos, y todas las organizaciones de la sociedad civil tengan cabida y participación en ella. No pueden participar sólo los banqueros, los economistas o abogados del Estado, los políticos, los juristas, etc., sino que deben estar representados todos los colectivos del tejido social: inmigrantes, obreros, campesinos, nacionalistas, anarquistas, comunistas, objetores de conciencia, presos políticos, asociaciones de parados, de amas de casa, de jubilados, de estudiantes...pero también afectados y afectadas por las hipotecas, por las violencias machistas, y por cualesquiera representantes de los colectivos populares. La participación popular en el Proceso Constituyente y en la futura Constitución ha de ser masiva y completa, pues en caso contrario, tendremos asegurado el fracaso del proceso. Y todo ello porque el proceso ha de ser radicalmente democrático, si pretende asentarse con garantías de futuro en la población. Un proceso que aborde y corrija las graves injusticias económicas y sociales de nuestro tiempo, derivadas de un sistema capitalista injusto y depredador, y de un sistema heteropatriarcal no menos injusto y discriminatorio. Porque la democracia "representativa" y constitucional de 1978 es una democracia capitalista, y por tanto, no es una verdadera democracia.
Y aunque una Carta Magna surgida de un Proceso Constituyente no es algo que se haga con vistas a ser modificada cada dos por tres, sí es importante señalar que tampoco puede ser vista como una momia petrificada, como un santo grial, o como un texto sagrado al cual haya que obedecer por ley divina. Una Constitución ha de actualizarse cada cierto tiempo, y volver a ser refrendada por el pueblo, por la sencilla razón de que la población de un país en un momento dado es distinta a la población que existe 20, 30 ó 40 años después. Van naciendo nuevas generaciones que no votaron la Constitución, sino que es la Constitución de sus padres y de sus abuelos, y la política, aunque parezca lo contrario, avanza muy rápidamente cuando se trata de adecuarse a las nuevas evoluciones del pensamiento, y a la propia evolución de la sensibilidad y del conocimiento de nuestras realidades, de las realidades del mundo en que vivimos. En el caso actual de la Constitución de 1978, las personas nacidas después de 1960 no pudieron votarla. Ni entonces, ni nunca, puesto que nunca más se ha sometido a refrendo popular. Las pocas modificaciones que se han realizado se han llevado a cabo a instancias de la Unión Europea (para su adecuación al contexto supranacional europeo), o bien mediante negociaciones y acuerdos internos de los dos grandes partidos políticos que nos han gobernado desde entonces (el famoso bipartidismo PP-PSOE), por ejemplo con la aberrante modificación del Artículo 135 en el año 2011, durante la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero. La Constitución surgida del Proceso Constituyente deberá definir mecanismos para evitar convertirse en un texto cerrado, férreo o inamovible. Una Constitución no puede ser intocable, sino el texto de referencia donde se encuentre recogido el alma de una sociedad.
Y por supuesto, pretendemos garantizar que dicho Proceso Constituyente aborde todos los asuntos de calado que la Constitución de 1978 no abordó, algunos porque no existían y otros porque "se dieron por sabidos". El proceso deberá debatir sobre la vigencia del capitalismo, sobre el modelo federalista, sobre las bases de la Tercera República, sobre el papel y el modelo para las Fuerzas Armadas, sobre la integración en la Unión Europea, sobre nuestra pertenencia a la OTAN, sobre nuestro apoyo a la globalización, sobre el derecho de autodeterminación de los pueblos que forman el Estado Español, y un largo etcétera de temas que los diferentes participantes, grupos y comisiones tendrán que abordar, y que lógicamente se extenderán durante meses (incluso años, no tenemos prisa, aunque sea un tema urgente). El Proceso Constituyente deberá definir nuestro país de la forma más inteligente, completa y democrática posible, porque todo ello, como decimos, deberá reflejarse en la nueva Constitución y extenderse en las ulteriores leyes y normativas que la desarrollen. Sobre todo, pensamos que la Constitución debe poner el foco en el manido, tópico y equivocado concepto de "Patria" que aún se vende en el discurso de la derecha política, social y mediática. La patria no es un ente sentimental ni abstracto (porque además eso queda para los sentimientos privados de cada cual), sino el reconocimiento del espacio común donde se comparte la convivencia de los diferentes pueblos, es decir, la patria es la gente. Y la patria debe cuidar a su gente. "Patria es Humanidad" dijo el colosal José Martí, libertador del pueblo cubano, y a dicho ideal debemos responder en nuestra nueva Constitución. Ello implica, sobre todo, que los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y medioambientales de la población no sólo deben quedar protegidos, sino que además deben quedar blindados, para que ninguna circunstancia o poder pueda anularlos o interrumpirlos. Continuaremos en siguientes entregas.