Blog de Rafael Silva. Presenta artículos de opinión basados en la actualidad política, cultural y social.
Jamás he entendido –dentro de la estricta lógica- por qué hay personas que consideran suya una tierra por haber nacido en ella por pura circunstancia. Lo grave es cuando algunas de esas personas encima se consideran superiores a los migrantes, siempre que no vengan con un balón de fútbol bajo el brazo. Creerse superior, por estas razones, por haber nacido en determinado trozo de tierra, es nazi de libro y sobre todo de primero de estupidez
Debido a las causas estructurales que las provocan, es evidente que la separación entre migraciones forzadas y voluntarias, hace tiempo que ha perdido su razón de ser. Una cosa es reconocer la necesidad humana de migrar como un movimiento libre, y otra cosa muy distinta es la necesidad forzada de migrar como consecuencia de las terribles causas estructurales que hoy día provocan las migraciones masivas. Una cosa es que los intercambios entre pueblos y culturas, comunidades y personas sean un bien de interés cultural, que debe ser protegido como tal internacionalmente, y otra cosa muy distinta es que dichos intercambios, cuando son protagonizados por personas pobres, sean demonizados por los países de acogida en pro de un supuesto "derecho" a la protección de nuestros valores y de nuestra cultura. ¿Es que acaso dichos intercambios solo son valiosos si vienen de personas que pueden viajar en libertad y de manera voluntaria? Hoy día, lo cierto es que se interpretan restrictivamente las normas que protegen a las personas refugiadas, y se consideran "voluntarias" al resto de personas migrantes, ignorando las diversas causas estructurales que provocan que estas personas abandonen sus lugares de origen. Se deben derogar o dejar de aplicar criterios que sean contrarios a la legalidad internacional en materia de derechos humanos, como por ejemplo, exigir la eliminación de los acuerdos bilaterales con países que vulneren los derechos de las personas migrantes. Si se continúa ignorando que terceros países violan la legalidad internacional, simplemente los estamos empoderando para que continúen con sus deleznables prácticas. La Unión Europea es un absoluto caos en este sentido, pues no existe unanimidad en la aplicación de normas y criterios en cuanto a la llegada de migrantes, y prácticamente cada país ejerce sus controles como le parece.
Necesitamos abrir corredores humanitarios y otras vías seguras de acceso a la protección, eliminando las vallas, las concertinas, los muros y desmantelando los aberrantes campamentos de concentración donde se hacinan miles de personas esperando un futuro mejor. Debemos incrementar la expedición de permisos y visados en Embajadas y Consulados, pues tampoco existe aquí unanimidad de criterios en su aplicación. Debemos cumplir, a nivel de todos los Estados miembro, los compromisos adquiridos en cuanto a reubicación y reasentamiento. ¿Alguien puede entender que la UE multe a determinado país por incumplir la senda de reducción del déficit público, pero ignore las medidas que lleva a cabo en cuanto a sus compromisos de realojo de inmigrantes? Pues esto ocurre en nuestro viejo continente. Hay que poner fin a las devoluciones ilegales, "en caliente" o como se les quiera denominar en las fronteras de Ceuta y Melilla. No es admisible que existan tratados que "permitan" expresamente esta inhumana práctica. Simplemente, no debería estar permitido que dos o más países cualesquiera acordaran tratar de esta forma a los migrantes que intentan cruzar sus territorios. Hay que derogar el llamado Acuerdo de Málaga firmado entre nuestro país y Francia, que también permite estas devoluciones en caliente en la frontera de Irún. Y a un nivel más general, es absolutamente necesario aprobar el Reglamento de desarrollo de la Ley de Asilo y Protección Subsidiaria, tras más de 9 años de retraso, y exigir el cumplimiento estricto del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que garantiza en todos los Estados miembro la existencia de controles fronterizos acordes con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión.
Por otra parte, y como también venimos insistiendo, las normas y medidas de integración de los migrantes en sus sociedades de acogida deben ser ampliadas y fomentadas desde todas las instituciones. En nuestro caso español, por ejemplo, tal como indica Juan Hernández Zubizarreta en el artículo de referencia, el plan de integración establecido consta de la estancia durante 6 meses en un piso de acogida, más un año de ayudas para el alojamiento y manutención, más un tercer período de asesoramiento. Las dotaciones económicas para este plan son manifiestamente escasas, y a todo ello hay que unir las dificultades para poder empadronarse, lo que conlleva a su vez impedimentos para solicitar y conseguir el arraigo y el agrupamiento familiar, y la deriva de todo ello en un limbo jurídico sin límites, ya que al calvario cotidiano que sufren estas personas, se le suma el hecho de que las peticiones de asilo se conceden a un ridículo 3% de las personas que lo solicitan. A partir de ahí, pasan a engrosar las filas de "personas irregulares" y su consideración como individuos sin derechos. Por su parte, la Convención de Ginebra, que sirve como marco de referencia legal en materia de refugiados, también debe ampliarse y actualizarse para recoger los que hemos denominado "migrantes medioambientales", y evolucionar en la definición del agente perseguidor (Estado de origen, empresas transnacionales, instituciones económico-financieras, etc.) que haya causado tal circunstancia. Por ejemplo, Suecia y Finlandia ya tienen recogida esta figura del migrante medioambiental. Asímismo, la Convención de Ginebra debe también ser reinterpretada bajo criterios feministas, y tomar en consideración la violencia sexual que sufren las mujeres y las niñas en los tránsitos, por parte de los hombres con los que se encuentran en sus caminos (compañeros de viaje, policías, mafias, etc.), la existencia de los matrimonios forzados, la ablación genital, la prostitución forzosa y la persecución por causa de orientación e identidad sexual.
Todas estas son necesidades de adecuación que tienen los actuales tratados y convenciones, pero no únicamente para que queden negro sobre blanco de cara a la galería, sino que para que sean respetadas e incorporadas a los tratados, acuerdos y normativas que los países puedan implementar. Por otra parte, como también destaca Hernández Zubizarreta, las normas sobre migraciones comunitarias y nacionales (como nuestra Ley de Extranjería) deben también modificarse radicalmente y adecuarse a la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y de sus familias, que es un tratado de la ONU que busca el respeto de los derechos hacia estas personas. Uno de los aspectos más reseñables de la citada Convención es la referencia que hace a los "trabajadores migrantes indocumentados" como titulares de derechos fundamentales, y por tanto, del acceso y protección a los mismos. Dicha Convención, curiosamente, no ha sido ratificada por Estados Unidos ni por ningún país europeo. En última instancia, debemos evolucionar hacia un panorama donde todas las personas excluidas del modelo neoliberal (migrantes, pero también inactivos, desempleados, mujeres, niños, ancianos, estudiantes, exiliados...) puedan alcanzar el status de sujetos de pleno derecho, al margen de fronteras, jerarquías y circunstancias personales y sociales. Eso requiere alcanzar y definir un nuevo instrumento jurídico universal, que tenga en cuenta las normas internacionales sobre refugio, sobre migraciones, sobre los efectos del cambio climático, sobre la persecución por motivos de género, sobre el dominio que ejercen las empresas transnacionales, etc., de tal forma que toda la casuística que se entienda como capaz de atacar la vulnerabilidad de cierto sector de personas, deba estar contemplada y protegida, lo cual implica profundas y sustanciales modificaciones del modelo vigente de regulación, que se nos queda a años luz de este objetivo. Deberíamos no solo alcanzar un instrumento jurídico que aborde los desplazamientos forzados por todas las causas posibles, sino que también sea sensible y proteja de forma integral, otorgando carta de naturaleza jurídica y protección internacional a todas las personas perseguidas, violentadas, expulsadas o excluidas del sistema, en cualquier país del mundo. Noble, justo y lejano objetivo el que estamos planteando. ¿Seremos capaces de alcanzarlo algún día?
Porque, puestos a reflexionar...¿por qué están en un marco de protección superior las personas que huyen de sus países por motivos bélicos, por asuntos políticos, por razones de raza, religión, nacionalidad, etc., que aquéllas personas que huyen por el hambre, por la miseria, por falta de expectativas vitales, porque los persiguen las empresas transnacionales (por medio de sus proyectos o para asesinarlos, como hacen en América Latina con los activistas que se enfrentan a sus proyectos), porque huyen de la violencia machista, por los efectos de la especulación alimentaria, por los acuerdos de los (mal llamados) Tratados de Libre Comercio, por efecto de los proyectos agroindustriales y extractivistas, por efecto del acaparamiento de tierras, por las políticas implementadas por las instituciones económico-financieras mundiales, etc.? ¿Es que acaso todos estos motivos no son reales? ¿Es que no suponen razones para el desplazamiento forzado de millones de personas en todo el mundo? Lo que debemos por todos los medios, como países avanzados y desarrollamos que presumimos ser, es establecer marcos jurídicos, políticos, regulatorios, sociales, económicos y culturales que mitiguen las migraciones de personas, por todos los efectos descritos. Sólo un mundo justo puede asegurar que cualquier persona, haya nacido donde haya nacido, nunca se encuentre en situación de tener que abandonar su país o comunidad de origen. Pero al menos, ya que no podemos garantizar eso (que queda todavía a más años luz si cabe), al menos garanticemos un contexto legal internacional que asegure que cualquier persona que se vea obligada a desplazarse de modo no voluntario, se encuentre protegida en cualquier otro país o comunidad al que se desplace. Ser sensibles con el que se ve obligado a huir es una necesidad democrática y humanitaria donde las haya, sobre todo porque también nos puede tocar a nosotros. Solo el concepto de "Ciudadanía Universal" alcanzará ese estadío. Continuaremos en siguientes entregas.