Blog de Rafael Silva. Presenta artículos de opinión basados en la actualidad política, cultural y social.
El sistema de las deudas ilegítimas es igualmente utilizado por el sistema capitalista para someter las políticas de los poderes públicos a los deseos del Gran Capital. Mientras que la deuda pública podría servir para financiar un vasto programa de transición ecológica… es utilizada para imponer políticas antisociales, políticas extractivistas, productivistas, políticas que favorecen la competición entre los pueblos
Está claro que si la banca privada es el mayor agente gestor e intermediario con la deuda pública de los países (además de los propios organismos internacionales garantes del orden neoliberal), hay que atacar a éstos si pretendemos reducir los niveles de desigualdad generados por el propio sistema-deuda. En este sentido, hay que socializar al sector bancario (es decir, hay que llevar a cabo una expropiación de las acciones privadas y transformar los bancos en un servicio público bajo control democrático y ciudadano), hay que tomar medidas estrictas sobre los flujos de capitales, recaudar un impuesto a la riqueza sobre el 1% más poderoso de la población, rechazar los préstamos condicionados a la adopción de medidas de austeridad y de privatizaciones, y rechazar (en cualquiera de sus múltiples formas) el pago de una deuda ampliamente ilegítima, ilegal, insostenible y odiosa (términos que comenzaremos a definir enseguida). Como avance (pues suponemos que volveremos a estos conceptos más adelante y en varias ocasiones) podemos ir dejando una clara y rápida definición de estos tipos o calificativos aplicables a la deuda pública:
1.- Deuda ilegítima: deuda contraída por los poderes públicos sin respetar el interés general o en favor del interés particular de una minoría privilegiada. Por ejemplo y para nuestro país, la generada por proyectos faraónicos o inútiles, como el aeropuerto de Castellón...¿hay que pagar estas deudas?
2.- Deuda ilegal: deuda contraída en violación del orden jurídico o constitucional aplicable. Por ejemplo, la originada en casos de corrupción de los que poseemos en nuestro país tan amplio catálogo ("Taula", "Punica", "Lezo", "Malaya"...)...¿hay que pagar estas deudas?
3.- Deuda odiosa: deuda contraída en base a créditos ligados a la implementación de políticas que violan los derechos sociales, económicos, culturales, civiles o políticos de las poblaciones afectadas por el pago de dicha deuda, con el conocimiento de los acreedores. Por ejemplo, la deuda contraída para rescatar a la banca española implementando a cambio políticas diseñadas por la Comisión Europea para imponer medidas de austeridad, violando derechos sociales y económicos de la ciudadanía...¿hay que pagar estas deudas?
4.- Deuda insostenible: deuda cuya devolución impide a los poderes públicos garantizar los derechos humanos fundamentales. Como hemos comentado en entregas anteriores, el pago de la deuda supone en la actualidad una de las mayores partidas de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), lo que impide destinar miles de millones de euros a servicios públicos básicos, algo que es absolutamente insostenible, ya que no se refiere a una situación coyuntural o excepcional, sino a una evolución permanente del sistema-deuda y su influencia sobre el destino de las arcas públicas...¿hay que pagar estas deudas?
Parece claro y justo que en cualquiera de las situaciones que acabamos de describir, los Estados en cuestión objeto de las mismas no se empeñen en el falso mantra de que "las deudas hay que pagarlas", sino que adopten medidas de realización e implementación de una auditoría integral, ciudadana, pública y democrática, a fin de determinar por qué motivos el endeudamiento aumentó de manera tan exagerada, alcanzando niveles tan aberrantes. Y sobre todo, y ligado a ello, desvelar posibles irregularidades, encuadrando el montante de la deuda (si es el caso) en alguna(s) de las modalidades descritas más arriba. Si los acreedores o el contexto legal o normativo referido a los Estados no lo permite, se deben adoptar estas medidas en cualquier caso, como medidas unilaterales de autodefensa frente a las imposiciones injustas de los organismos internacionales o de los países o instituciones acreedoras. Hay que desobedecer a los acreedores si queremos realmente salir de este demencial sistema-deuda que nos oprime, denunciando las posibles irregularidades que se puedan detectar, y fundando y argumentando tales medidas en la necesidad de justificar unos pagos que están impidiendo revertir a las arcas públicas los ingresos y la riqueza que proceden del propio país y del conjunto de su población.
Pero como también hemos afirmado en entregas anteriores, la deuda pública externa del sur no debería considerarse sólo como un problema financiero y económico, aunque por supuesto lo es, sino más bien como una herramienta política que ha sustituido ampliamente durante las últimas décadas al antiguo colonialismo y al imperialismo. Y ello porque la deuda es una estrategia mucho más útil que el colonialismo o el imperialismo, puesto que éstos requieren todo un ejército y una costosa administración que acaba además provocando ciertos niveles de resistencia política y social. La deuda, por el contrario, es el mecanismo que hace que los países del sur se comporten de forma obediente, y se avengan a aplicar las medidas y políticas neoliberales que salvaguardan los intereses de los países del norte. La globalización capitalista ha llegado de esta forma a tal grado de sofistifación que ha conseguido que los países (y sus poblaciones) hagan suyos sus propios preceptos de manera natural, colonizando el pensamiento en vez de los territorios, y expoliando los recursos públicos para de esta forma saquearlos y ponerlos a disposición de las clases dominantes por todas partes del mundo. Ello ha dado lugar, por ejemplo, a que un rico de Miami tenga más en común con un rico de Amsterdam o de Bangladesh, ya que se ha globalizado el pensamiento neoliberal, y con él la defensa de los intereses de esta élite dominante. Y la deuda, como pieza esencial, se ha convertido en un sangrante mecanismo de bombeo de parte de la renta de los asalariados y pequeños productores del sur hacia los capitalistas del norte y del sur.
Pero el sistema-deuda se diversifica desde sus fuentes para adquirir cada vez mayor versatilidad y potencia. Así, la deuda externa tiene muchos componentes y se divide o disecciona de varias formas: en relación a los acreedores, el 11% es multilateral (deuda que se debe a las instituciones financieras internacionales, o IFI), el 8% es bilateral (deuda que se debe a los Estados), y el 80% restante es deuda privada (deuda que se debe a la banca internacional). En la composición de los deudores, el 40% es deuda pública (negociada y adquirida por los poderes públicos), y el 60% restante es deuda privada (deuda de familias y empresas). La deuda también es muy dispar por regiones planetarias. En cualquier caso, la deuda externa es uno de los factores que mejor explica cómo la globalización neoliberal y capitalista ha acentuado la pobreza y la desigualdad en el mundo. Las cifras de todos los estudios en este sentido así lo avalan, y explican hasta qué punto la progresión y escalada de la deuda constituye pieza fundamental de tan perverso sistema proyectado para perpetuar esta arquitectura de la desigualdad. El discurso dominante se empeña no obstante en avalar y justificar el pago incondicional de la deuda, aún a costa de causar enormes daños a las arcas públicas de los Estados, y en última instancia, a las mayorías sociales que son las más afectadas. Las clases populares y trabajadoras son las principales beneficiadas por el conjunto de las políticas sociales adoptadas por los países, pero ello se impide si un mecanismo como el de la deuda se coloca interceptando el destino de dichos recursos. En los casos más graves, como el de España, el pago de la deuda a nuestros acreedores se eleva hasta el marco legal más alto, es decir, la Constitución, y así, la CE de 1978 fue modificada en 2011 para introducir la referencia al pago inexcusable de la deuda por encima de cualquier otro gasto social, por imperativo de la Unión Europea. Continuaremos en siguientes entregas.