Blog de Rafael Silva. Presenta artículos de opinión basados en la actualidad política, cultural y social.
Cuando fascistas y antifascistas son considerados merecedores del mismo respeto o del mismo desprecio, cuando agresores y resistentes son juzgados en los mismos términos, tengo la impresión de que dicha sociedad pierde la perspectiva y el sentido de la justicia a la hora de juzgar su pasado, y por lo tanto, su presente
En el último artículo nos quedamos advirtiendo que bajo una sociedad justa que desee pasar página, las competencias para los trabajos derivados de la búsqueda y exhumación de las víctimas deben recaer sobre el Estado, y su financiación debe residir en los Presupuestos Generales del Estado. Asímismo, la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas competentes crearán bancos de ADN de familiares de desaparecidos y de los restos localizados, con el fin de identificar a los desaparecidos. Dichos bancos se coordinarán con la finalidad de llevar a cabo las posibles identificaciones. La extracción de muestras de los familiares se llevará a cabo a través de los Centros de Salud públicos, y dichas muestras serán transferidas a los bancos de ADN establecidos que correspondan en su caso. Los costes de todos estos procesos serán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. En el caso de terrenos de titularidad privada, las Administraciones Públicas, los descendientes o las organizaciones legitimadas a tal efecto, deberán solicitar el consentimiento de los titulares de derechos afectados sobre los terrenos en los que se hallen los restos. Si no se obtuviere dicho consentimiento, las Administraciones Públicas competentes autorizarán la ocupación temporal, siendo hecho de utilidad pública a efectos de la ley de expropiación. Algo similar recoge ya la Ley de Memoria Democrática de Andalucía, que ya comentamos a grandes rasgos en entregas anteriores.
En cuanto a símbolos, nombramientos, distinciones, títulos honoríficos, monumentos públicos o cualesquiera otras exaltaciones, reconocimientos o recuerdos a los golpistas, o a los represores de la posterior dictadura, entendemos que la ley debe ser escrupulosamente exigente. Ninguna sociedad que se precie de ser democrática puede permitir albergar estas exaltaciones del fascismo en sus escenarios, instalaciones o actos públicos. Así, por parte de las instituciones públicas se procederá en el plazo de un año a revisar e invalidar todas las distinciones, nombramientos, títulos honoríficos y demás formas de exaltación de cualesquiera personajes ligados al régimen franquista y condecoraciones por hechos de colaboración con el franquismo o por vulneración de derechos fundamentales, procediéndose en dicho plazo a realizar las diligencias oportunas que lo certifiquen, así como a la retirada de placas y todo tipo de referencias a la concesión de dichas distinciones. Se procederá igualmente a señalizar los centros penitenciarios, los campos de concentración o centros de detención, estableciendo un plan de protección y museización de los más significativos, con el objetivo de que sean testimonio del horror de la represión franquista. Estos edificios o conjuntos se protegerán de acuerdo con la normativa de patrimonio histórico o cultural del Estado o de las respectivas Comunidades Autónomas a quienes corresponda. También se señalizarán con indicadores y plafones documentales las grandes obras públicas realizadas durante la posguerra con el trabajo forzado de los prisioneros republicanos, así como aquéllos espacios en donde se hubiesen localizado fosas comunes o tuvieran relevancia por los hechos históricos acaecidos en ellos.
Al igual que con el tema de la búsqueda y recuperación de cuerpos, la financiación de los trabajos de museización se realizará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y se transferirá a las Comunidades Autónomas que lo soliciten junto con las respectivas instalaciones para su gestión de acuerdo con los respectivos Estatutos de Autonomía. Por otra parte, la plena superación del franquismo también necesita la solidaridad internacional. El Estado debe reconocer la labor ejercida por los Estados, organizaciones internacionales y personas significadas que contribuyeron a paliar los efectos del sufrimiento de la ciudadanía víctima de la dictadura. En este sentido, el Estado deberá reconocer la labor llevada a cabo por las personas integrantes de las llamadas Brigadas Internacionales que, provenientes de otros Estados, apoyaron la lucha en defensa de la legitimidad y legalidad republicanas. Y más aún, el Estado debe restituir las instituciones de autogobierno existentes previamente al franquismo, tales la Generalitat de Catalunya, el Gobierno vasco y la Generalitat valenciana. Dichas instituciones y algunas otras dependientes de ellas deberán ser restituidas con todos los honores, bienes y documentos institucionales relacionados con todas las competencias ejercidas entre 1931 y 1940 que les fueron incautadas por el franquismo. El Estado también deberá reconocer que se llevó a cabo todo un genocidio lingüístico contra las lenguas y culturas vasca, catalana, gallega, occitana, aragonesa y asturiana. Para ello, el Estado reservará en los Presupuestos Generales del Estado diversas partidas para fomentar la normalización de dichas lenguas, y su oficialidad en los Organismos Generales del Estado, para actos de su proyección internacional y su presencia en los medios de comunicación territoriales en los ámbitos de estas respectivas lenguas, facilitando la interconexión territorial y territorios conexos interfronterizos.
Otro asunto pendiente de cara a la plena superación del franquismo es el de la apertura pública de los archivos de la represión. En este sentido, lo que propone la propuesta legislativa que estamos exponiendo es que el Ministerio de Cultura establecerá una planificación para que en el plazo de dos años se proceda a la identificación y catalogación de los fondos documentales de las instituciones franquistas, los organismos represivos dependientes de las Fuerzas Armadas, de las distintas fuerzas policiales y de la Secretaría Nacional del Movimiento Nacional, entre otros, siendo preceptiva su digitalización para su mayor difusión y acceso. Estos fondos serán depositados en los archivos de la Administración Central del Estado o en los archivos de las Comunidades Autónomas que correspondan, por gestionar la documentación de los órganos territoriales del Estado, en lo que se refiera a los órganos periféricos, sean del Estado o de las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos de Autonomía, respetándose la ubicación de las zonas donde se originaron estos archivos o fondos documentales. Además, el Ministerio de Cultura realizará en el plazo de un año un inventario de todos los fondos documentales relacionados con el exilio republicano y antifranquista, depositados en archivos e instituciones extranjeras, con el objeto de evaluar y valorar el alcance del coste humano que comportó la dictadura. Todo ese material es fuente de primer orden a la hora de realizar estudios estadísticos, y de analizar los hechos ocurridos desde diversos puntos de vista.
Igualmente, hay que proceder a la restitución de los documentos incautados por las fuerzas represivas durante el franquismo. Serán restituidos a las instituciones públicas, entidades privadas o particulares los archivos o fondos documentales actualmente conservados en archivos u otras instituciones del Estado, que les fueron requisados por éste durante la Guerra Civil o la dictadura franquista por parte de órganos estatales amparados por ésta o a su servicio, con motivo de la guerra o durante la posguerra, o por acciones represivas de los cuerpos policiales franquistas. En caso de que los organismos o personas expoliadas hayan desaparecido, los fondos documentales serán entregados a los que los sucedan en sus funciones, o en todo caso, a las Comunidades Autónomas del lugar de procedencia. Por su parte, los patrimonios incautados también deberán ser restituidos. Los bienes inmuebles que no pudieran ser restituidos a sus legítimos titulares provocarán que se les restituya el equivalente al valor que tendrían éstos en la actualidad. Asímismo, se deberá establecer un procedimiento para restituir a las personas perjudicadas, o en su caso a sus herederos, el dinero incautado por el régimen fascista. Y tampoco podemos olvidarnos de la reparación moral. En este sentido, y atendida la trascendencia de los actos de reparación de esta índole, corresponderá al Jefe del Estado formalizar solemnemente en nombre del Estado Español y como su máximo representante las demandas de perdón a las víctimas de las consecuencias del levantamiento militar contra la Constitución republicana. Sólo de esta forma el Estado en su conjunto y de manera significativa y unitaria se manifiesta en contra del genocidio y del holocausto que representó el franquismo, y expone su voluntad de ofrecer todas las garantías para su no repetición. Continuaremos en siguientes entregas.