Blog de Rafael Silva. Presenta artículos de opinión basados en la actualidad política, cultural y social.
Llegamos en este artículo a uno de los temas de la LOMCE de mayor relevancia, que vamos a exponer con profundidad, y que de entrada, podemos afirmar que mejor define la filosofía mercantilista y competitiva que sobre la Educación Pública posee esta gente del Partido Popular, y en concreto este Ministerio de Educación de la Wertgüenza, como se le ha dado en llamar. Nos estamos refiriendo, claro está, al enfoque sobre la propia competitividad entre los centros educativos, su lucha y competencia entre ellos, la existencia de ránkings clasificatorios, el pago por resultados, y en resumidas cuentas, la "nueva gestión" educativa, centrada en la obtención de objetivos y resultados del alumnado, como si de una competición se tratara. En los artículos introductorios ya expusimos esto como una punta de iceberg del estadío final donde se pretende llegar, que no es otro que hacer valer la competitividad como norma sagrada frente a la educación inclusiva, que según nuestro criterio debe prevalecer.
Se parte de la idea de base, equivocada aberrantemente a nuestro entender, de que la Educación Pública también tiene que ser rentable. No se dan cuenta de que los servicios públicos están en otra dimensión distinta, y no se les puede examinar bajo el prisma del rendimiento, de la obtención de beneficios o resultados, en fin, de las pérdidas y las ganancias. Un servicio público funciona bajo otros parámetros completamente distintos, y la única rentabilidad que es lícito observar es la rentabilidad social. Bien, para ir centrándonos en este aspecto de la LOMCE, vamos en primer lugar a rescatar algunos fragmentos de su articulado, para meternos rápidamente en situación. Esta contrarreforma busca someter los centros educativos a las exigencias del mercado, especialmente a la competitividad, estableciendo pruebas externas a nivel nacional, para ofrecer una clasificación de Colegios e Institutos según sus resultados en ránkings públicos donde se ordenarán, como si de una liga de fútbol se tratara, en centros con buenos, regulares o malos resultados.
De esta forma, el Artículo 140, relativo a los ránkings de centros, suprime el apartado 2 donde se especificaba que los resultados de las evaluaciones no podrán ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos, o para establecer clasificaciones de los centros. Y el Artículo 143.4 dice textualmente: "Los resultados de las evaluaciones de final de etapa y diagnósticas que se realicen, serán puestos en conocimiento de la Comunidad Educativa mediante indicadores educativos comunes para todos los centros educativos españoles, sin identificación expresa de datos de carácter personal". Y por su parte, el Artículo 147.2 ordena: "Se publicarán los resultados de los centros educativos según indicadores educativos comunes para todos los centros". Queda perfectamente claro que el planteamiento que subyace a este modelo entiende la calidad educativa exclusivamente ligada y determinada por los resultados obtenidos por los estudiantes, medidos a través de pruebas estandarizadas y métricas definidas a tal fin, con el propósito de que los supuestos "clientes" puedan comparar y elegir aquél centro que más ventajas competitivas les aporte a sus hijos e hijas en el futuro mercado laboral.
En esta nueva configuración de un mercado educativo, las escuelas se han de hacer cada vez más selectivas, tendiendo a rechazar al alumnado que pueda presentar a priori mayores dificultades de inserción o aprendizaje, y que por tanto pueda hacer descender su posición en el susodicho ránking de centros. Se impulsa de esta forma desde la Administración una competencia y lucha de tipo darwinista entre los propios centros, con recursos y medios cada vez más escasos, de consecuencias imprevisibles para la equidad del sistema. Llevan al ámbito educativo la filosofía del "sálvese quien pueda", del "tengo que ser el mejor", y de tantos otros planteamientos basados en la competencia y el enfrentamiento, rompiendo con los fundamentos de una Educación Pública basada en los valores de la colectividad, de la cooperación y de la solidaridad. Y abundando en ello, se instaura, en coherencia con este modelo de competencia, el sistema de "pago por resultados", propio del mundo empresarial, en el mundo educativo.
Se trata de aplicar refuerzos e incentivos a los centros, no ya en función de las necesidades de su alumnado, sino de acuerdo con el puesto que ocupe en el ránking. De hecho, ya se está aplicando este sistema en algunas Comunidades Autónomas, condicionando la financiación pública que vayan a concederles a los resultados obtenidos, mediante los contratos-programa u otras fórmulas similares. En el articulado de la LOMCE se establece que "las acciones de calidad educativa deberán ser competitivas". Más claro el agua, lo cual reafirma aún más la competencia entre los centros. Por poner un ejemplo práctico, una escuela pública ya no se puede conformar con enseñar a sus alumos cómo se resuelve una ecuación de segundo grado, sino que tiene que competir con los demás a ver qué centro es el que enseña mejor a los alumnos a resolverlas, y de ello dependerá su reconocimiento y financiación. Una demencial locura educativa, que sólo puede conducir a una sociedad esquizofrénica, donde la cultura de la competitividad anula cualesquiera otros valores.
En la práctica, todo ello implicará que, tras ajustar el presupuesto a todos los centros, se les ofrece una serie de "incentivos" o "castigos", dependiendo de los resultados obtenidos. Dado que la LOMCE establece que dichas acciones de calidad permitirán "la autonomía para su ejecución, tanto desde el punto de vista de la gestión de los recursos humanos, como de los recursos materiales y financieros" (Art. 122.4), se deduce que los centros educativos pueden buscar financiación con la organización de actividades dentro del propio centro, o bien mediante la cesión de espacios o patrocinadores (empresas) que las financien. Todo un descomunal propósito, como se puede concluir. Pero continuaremos en el siguiente artículo contando las barbaridades relativas a esta nueva gestión de los centros que define la futura Ley.