El valor básico de la economía, en un régimen de Buen Vivir, es la solidaridad. Se busca una economía distinta, una economía social y solidaria, diferente de la caracterizada por una supuesta libre competencia, que anima al canibalismo económico entre seres humanos y que alimenta la especulación financiera
Sin titubear, se puede afirmar que la crisis general apunta en buena medida al vinculo inherente de la interrelación sociedad Naturaleza, una vez trastocados los límites y fracturada la articulación, denigrada y socavada por los procesos y las prácticas de apropiación, producción y consumo del modelo neoliberal privatizador hegemónico, conducente a favorecer la expansión de la acumulación de capital por todos los rincones de la tierra, desdeñando al ser humano y al ambiente (la mercantilización de la vida): al tiempo que se despoja y empobrecen las comunidades humanas, se perturban las culturas y se saquea la Naturaleza
En la presente entrega expondremos otro de los documentos internacionales que sería muy conveniente tener en cuenta si pretendemos elevar a rango constitucional el respeto a la Naturaleza, así como el reconocimiento de sus derechos. Se trata de la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra, inspiradora a su vez de las Constituciones de Ecuador y Bolivia, que recogen gran parte de los fundamentos que hemos venido exponiendo en entregas anteriores. En efecto, el 18 de agosto de 2012, en una magna asamblea celebrada en Cochabamba (Bolivia), a propuesta de la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra, y conscientes de la urgencia de tomar decisiones colectivas para transformar las estructuras que causan el cambio climático y otras amenazas a la Madre Tierra, se acuerda y promulga la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra, en los siguientes términos:
Artículo 1. La Madre Tierra.
1.- La Madre Tierra es un ser vivo.
2.- La Madre Tierra es una comunidad única e indivisible, autoregulada, de seres interrelacionados que sostiene, contiene y reproduce todos los seres.
3.- Cada ser se define por sus relaciones como parte integrante de la Madre Tierra.
4.- Los derechos inherentes de la Madre Tierra son inalienables en tanto que derivan de la misma fuente de existencia.
5.- La Madre Tierra y todos los demás seres tienen los derechos fundamentales reconocidos en esta Declaración sin distinción de ningún tipo ni discriminación alguna, como puede ser entre seres orgánicos e inorgánicos, especies, origen, uso para los seres humanos, o cualquier otra condición.
6.- Así como los seres humanos tienen derechos, todos los seres de la Madre Tierra también tienen derechos que son específicos a su condición y apropiados para su rol y función dentro de los sistemas en los cuales existen.
7.- Los derechos de cada ser están limitados por los derechos de otros seres, y cualquier conflicto entre sus derechos debe resolverse de una manera que mantenga la integridad, equilibrio y salud de la Madre Tierra.
Artículo 2. Derechos inherentes de la Madre Tierra.
1.- La Madre Tierra y todos los seres que la componen tienen los siguientes derechos inherentes:
a. Derecho a la vida y a la existencia.
b. Derecho a ser respetada.
c. Derecho a la continuación de sus ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas.
d. Derecho a mantener su identidad e integridad como entidades diferenciadas, auto-reguladas e interrelacionadas.
e. Derecho al agua como fuente de vida.
f. Derecho al aire limpio.
g. Derecho a la salud integral.
h. Derecho a estar libre de la contaminación y polución, de desechos tóxicos y radioactivos.
i. Derecho a no ser alterada genéticamente y modificada en su estructura amenazando su integridad y funcionamiento vital y saludable.
j. Derecho a una restauración plena y pronta por las violaciones a los derechos reconocidos en esta Declaración causados por los seres humanos.
2.- Cada ser de la Madre Tierra tiene el derecho a un lugar y a desempeñar su papel en la Madre Tierra para su funcionamiento armónico.
3.- Todos los seres tienen el derecho al bienestar y a vivir libre de tortura o trato cruel por parte de los seres humanos.
Artículo 3. Obligaciones de los seres humanos con la Madre Tierra.
1.- Todos los seres humanos son responsables de vivir en armonía con la Madre Tierra.
2.- Los seres humanos, Estados partes y todas las instituciones públicas y privadas deben:
a. Actuar acorde a los derechos y obligaciones reconocidos en esta Declaración.
b. Reconocer y promover la aplicación e implementación plena de los derechos y obligaciones establecidos en esta Declaración.
c. Promover y participar en el aprendizaje, análisis, interpretación y comunicación sobre cómo vivir en armonía con la Madre Tierra de acuerdo con esta Declaración.
d. Asegurar que la búsqueda del bienestar humano contribuya al bienestar de la Madre Tierra, ahora y en el futuro.
e. Establecer y aplicar efectivamente normas y leyes para la defensa, protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra.
f. Respetar, proteger, conservar, y cuando sea necesario, restaurar la integridad de los ciclos, procesos y equilibrios vitales de la Madre Tierra.
g. Garantizar que los daños causados por violaciones humanas de los derechos inherentes reconocidos en la presente Declaración se rectifiquen, y que los responsables rindan cuentas para restaurar la integridad y salud plena de la Madre Tierra.
h. Empoderar a los seres humanos e instituciones para que defiendan los derechos de la Madre Tierra.
i. Establecer medidas de precaución y restricción para prevenir que las actividades humanas conduzcan a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración de los ciclos ecológicos.
j. Garantizar la paz y eliminar las armas nucleares, químicas y biológicas.
k. Promover y apoyar prácticas de respeto a la Madre Tierra y todos los seres, acorde a sus propias culturas, tradiciones y costumbres.
l. Promover sistemas económicos en armonía con la Madre Tierra y acorde a los derechos reconocidos en esta Declaración.
Artículo 4. Definiciones.
1.- El término "ser" incluye los ecosistemas, comunidades naturales, especies y otras entidades naturales que existen como parte de la Madre Tierra.
2.- Nada en esta Declaración podrá restringir el reconocimiento de otros derechos inherentes de todos los seres o de cualquier ser en particular.
Nos ha de quedar claro, pues, que somos parte de la Naturaleza, que dependemos de ella, que la necesitamos, que no podemos existir sin ella, que estamos integrados en ella, que no somos dueños ni propietarios de ella ni de ninguno de sus seres, que no tenemos derecho a dominarla, saquearla, explotarla, dañarla de ningún modo, y que lo que sí tenemos es la obligación de cuidarla y respetarla. La Madre Tierra es la que nos alberga como especie humana que somos, y cualquier ataque hacia ella no tiene ningún sentido, pues no solo es un ataque contra nosotros mismos, sino contra los equilibrios naturales y el resto de seres albergados por ella. Como decíamos arriba, cualquier versión o manifestación del Buen Vivir que implementemos deberá sintonizar con esta Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra, y seguir escrupulosamente sus obligaciones. Lo ideal es reconocer todos estos derechos al más alto nivel jurídico posible, para que sean asumidos por las ulteriores leyes, decretos, normativas y jurisprudencia que se desarrollen posteriormente. Continuaremos en siguientes entregas.